Refuerzo de la exigencia de claridad en las nóminasEn su reciente sentencia de fecha 24 de marzo de 2026 el Tribunal Supremo refuerza el principio de transparencia en las relaciones laborables y recuerda y reafirma la obligación empresarial de garantizar, no solo la correcta inclusión de conceptos retributivos en las nóminas, sino también su plena claridad, subrayando que el cumplimiento formal del modelo de nómina no es suficiente si no permite a la persona trabajadora comprender con precisión cómo y por qué se devengan las cantidades percibidas.
La sentencia del Alto Tribunal señala que para cumplir con el principio de claridad es preciso detallar, no solo todos los conceptos retributivos, sino también sus bases de cálculo, incluyendo periodos, porcentajes y circunstancias específicas, tales como situaciones de incapacidad temporal (IT), atrasos o incidencias de cualquier tipología, puesto que sin esa información se dificulta el control por parte de la persona trabajadora de su correcta liquidación retributiva, rechazando de ese modo que se traslade a la persona trabajadora la carga de tener que reconstruir o verificar sus condiciones retributivas mediante cálculos propios al considerar que dicha responsabilidad corresponde a la empresa por formar parte de su deber de diligencia debida.
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